La Asociación de Educadores del Meta – ADEM, presentó ante el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Villavicencio una Acción de Tutela en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Educación y las Secretarías de Educación del Meta y de Villavicencio, para detener el regreso a clases presenciales que se tiene planeado para el próximo 2 de agosto.
Y aunque el Juzgado admitió el recurso, negó las pretensiones de una medida cautelar en contra de la Resolución 777 del Ministerio de Salud que adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de actividades económicas, sociales y del Estado.
Según las demandas de los educadores, en el departamento del Meta no se han adoptado las medidas necesarias para garantizar las clases presenciales en las instituciones educativas oficiales.
Los profesores alegan que se les está obligando a retornar a la actividades académicas en instalaciones que no cuentan con los protocolos adecuados de bioseguridad.
Además indican que el cuerpo docente que presta sus servicios en el meta no cuenta en su totalidad con el esquema de vacunación contra el Covid-19, muchos de ellos presentan comorbilidades, por lo que pueden presentar reacciones patológicas y/o alérgicas al momento de recibir la respectiva vacuna.
Con la Tutela, la Asociación de Educadores del Meta – ADEM, pretendía que de inmediato quedara suspendido el retorno a actividades académicas presenciales, ante un eventual riesgo o amenaza que podría en peligro la integridad física salud y la vida, de los estudiantes, profesores, padres de familia y demás comunidad educativa, como consecuencia de posibles contagios por la pandemia de Covid-19.
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Además, en la Tutela, los profesores señalaron que el Gobierno Nacional minimiza el alto riesgo de contagios y muertes por causa del COVID-19, desconoce el hecho que el sistema hospitalario está colapsado y no está en capacidad de asumir un aumento exponencial de pacientes que requerirán ser internados en Unidades de Cuidados Intensivos – UCI.
El Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Villavicencio ya adelantó el traslado hacía las entidades demandadas, por lo que desde el momento de notificar el recibido del correo electrónico tendrán un plazo de dos días para que respondan frente a las peticiones del gremio de educadores.
Con la demanda, las Secretarías de Educación municipales y departamental deberán presentar toda la logística y plan de contingencia que han estructurado para el regreso a clases presenciales.
Las entidades deberán especificar cuales son las instituciones educativas que cumplen con los lineamientos y protocolos de bioseguridad que garanticen la integridad, la salud y vida de toda la comunidad educativa.
Según la norma, en un plazo de 10 días hábiles se debe dar el fallo de la Tutela, en actuación de primera instancia, la cual puede ser objeto de impugnación ante el Tribunal del Meta.